Valencia blinda por cuatro años los conciertos, y hasta seis en Primaria

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La duración de los conciertos educativos en la Comunidad Valenciana será de seis años en Educación Primaria y de cuatro en el resto de los casos. El último Pleno del Consell ha aprobado el decreto que regula los conciertos educativos de esta región.

Lo hace en un documento que desarrolla el régimen jurídico aplicable al procedimiento de acceso, modificación, renovación, prórroga y formalización de los conciertos educativos de régimen general y régimen singular.

El concierto general comprende las enseñanzas básicas y de segundo ciclo de Educación Infantil, mientras que el concierto singular es para enseñanzas postobligatorias.

La duración de los conciertos educativos será de seis años en Primaria y cuatro en el resto de los casos. La vigencia del concierto no podrá ser superior al final del curso académico en el que se produzca el proceso general de renovación.

Este decreto va dirigido a los centros docentes privados autorizados que deseen acceder al concierto educativo o renovar, modificar o prorrogar el concierto educativo del que ya gozan.

Asimismo, este concierto engloba las enseñanzas de segundo ciclo de Infantil, Primaria, Secundaria, Formación Profesional, Bachillerato y Educación Especial impartidas por centros docentes privados.

Los conciertos

Un concierto educativo, también conocido como colegio concertado, es un modelo de gestión de centros educativos que combina fondos públicos y privados. En este tipo de centros, el Estado financia una parte del coste de la educación, mientras que la gestión y administración del colegio recae en una entidad privada o una organización sin ánimo de lucro.

Los colegios concertados suelen ofrecer una educación similar a la de los colegios públicos, siguiendo el currículo oficial y cumpliendo con los estándares educativos establecidos. Sin embargo, tienen cierta autonomía en la toma de decisiones, lo que les permite implementar enfoques pedagógicos específicos o contar con recursos adicionales.

Los conciertos educativos suelen establecerse mediante acuerdos entre la entidad gestora del colegio y la administración educativa correspondiente. Estos acuerdos definen las condiciones económicas, los derechos y obligaciones de ambas partes, y el período de vigencia del concierto.

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